ANUNCIO

En Madrid a 5 de abril de 2024

Se informa de lo siguiente a los acreedores por contrato que han remitido su solicitud de cobro.
Estimamos poder realizar la transferencia a mediados del mes de abril.
Desde el siguiente enlace pueden ustedes comprobar el estado de su solicitud, hacer clic

Se prorroga el plazo hasta el 30 de abril de 2024 para comunicar sus datos.
Aquellos acreedores que, por algún motivo, no reciban la comunicación postal remitida a la dirección que consta en los registros de la concursada, pueden acceder al formulario digital mediante el siguiente enlace para proporcionar sus datos.

Acceso al formulario digital, haga clic

En Madrid a 2 de febrero de 2024

Se informa de lo siguiente a los interesados de la mercantil “ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L., en Liquidación” (NIF B81577157), en situación de concurso de acreedores, que se tramita ante el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, bajo el nº de autos 505/2006:

Una vez completadas las operaciones de liquidación del activo de la concursada, se procederá al pago de los créditos concursales en la medida de lo posible, conforme a lo establecido en el artículo 433 del Texto Refundido de la Ley Concursal y en el auto del Juzgado de lo Mercantil nº 6, dictado el 15 de enero de 2024, que aprueba el plan de pagos de los créditos concursales.

Para acceder al mencionado auto, haga clic

Para acceder a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO , haga clic

Para acceder a las publicaciones edictales en los periodicos declaración concursal, EL MUNDO, LA RAZÓN

Para acceder al Anexo V, modelo carta enviada a acreedores, haga clic

Todos los acreedores con créditos con privilegio especial, general y/u ordinarios reconocidos recibirán una comunicación por carta postal, en la que se les indicará el importe a percibir. Según lo ordenado en el auto antes referido:

  1. Si el importe es superior a tres euros (3 €), recibirán las instrucciones para el cobro mediante transferencia bancaria, según lo establecido en el mencionado auto.
  2. En el caso de acreedores cuyo importe a abonar sea inferior a tres (3) euros, se procederá a la consignación judicial del importe correspondiente y el pago se efectuará por el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, dentro del procedimiento que a tal efecto se incoe.

Aquellos acreedores que por algún motivo, no reciban la comunicación postal remitida a la dirección que consta en los registros de la concursada, pueden acceder al formulario digital mediante el siguiente enlace para proporcionar sus datos.

Acceso al formulario digital, haga clic

La respuesta deberá ser remitida, exclusivamente por correo postal o mediante el formulario digital correspondiente. No se admitirá la entrega presencial y/o el envío por correo electrónico.

En el caso de importes superiores a 3 € pendientes de abono a acreedores, tienen plazo hasta el 31 de marzo de 2024 para informar de sus datos. Se deberán utilizar la forma y los canales de comunicación indicados. En caso de no recibir la solicitud o de defectos en la misma, la Administración Concursal iniciará el correspondiente expediente de consignación judicial. Una vez tramitado dicho expediente en el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, los créditos estarán a disposición de los interesados en el mencionado juzgado.

Atentamente,

Administración Concursal de ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L. en Liquidación

  1. Nunca envíes información sensible por correo electrónico:
    Evita enviar información como números de cuenta, contraseñas o detalles de tarjetas de crédito por correo electrónico. El correo electrónico no es un medio seguro y podría exponer tus datos a riesgos de seguridad.
  2. No compartas información financiera por teléfono:
    Si recibes llamadas telefónicas de personas que dicen ser de ARTE Y NATURALEZA GESPART o de entidades financieras, ten precaución. No compartas información confidencial por teléfono a menos que estés seguro de la legitimidad de la llamada. ARTE Y NATURALEZA GESPART nunca te pedirá información sensible por teléfono.
  3. Utiliza canales seguros para la comunicación:
    Para cualquier comunicación relacionada con información financiera, utiliza los canales seguros proporcionados por ARTE Y NATURALEZA GESPART. Estos canales están diseñados para proteger tus datos y garantizar tu privacidad.
  4. Verifica la autenticidad de las comunicaciones:
    Antes de proporcionar cualquier información, verifica la autenticidad de la comunicación. Si tienes dudas, comunícate al teléfono 91 594 03 00.
  5. Recuerda que tu seguridad financiera es importante.

Ponemos a disposición de los acreedores las principales cuestiones que les pueden surgir y la forma de proceder:

+ El titular del contrato ha fallecido y no se ha comunicado a la Administración Concursal ¿Cómo debo proceder?

Si el titular del contrato hubiera fallecido, los herederos lo deberán comunicar a la Administración Concursal, adjuntando copia clara de la siguiente documentación:

  • Copia documento notarial de manifestación de herencia y/o declaración de herederos.
  • En su defecto si no existiera dicha documentación será necesario remitir,
    • Copia certificado de defunción del causante,
    • Copia certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad,
    • Copia del testamento,
    • Copia del impuesto sobre sucesiones y donaciones.
  • Fotocopia clara del DNI/NIF/NIE de los herederos.
  • Formulario de comunicación de herederos.

FORMULARIO COMUNICACIÓN HEREDEROS

Esta documentación debe remitirla a la siguiente dirección postal:

Administración Concursal

ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L. EN LIQUIDACIÓN

Av. Moratalaz, 115 – 1ºB

28030 MADRID

O mediante Formulario digital:

FORMULARIO DIGITAL COMUNICACIÓN HEREDEROS

En caso de existir varios herederos, solo se podra realizar una transferencia a la cuenta mancomunada de herederos o por el contrario si ya no dispusieran de la misma, se podrá realizar una única transferencia a favor de aquel heredero que se encuentre debidamente autorizado por el resto de herederos y asuma la responsabilidad expresa de distribución de la forma que corresponda, exonerando a ARTE Y NATURALEZA de toda responsabilidad al respecto.

FORMULARIO DESIGNACIÓN HEREDERO

+ Solicite la entrega de la obra adjudicada a mis contratos (opción A) de “Mandato de Venta y Compra” y/o “Constitución de Patrimonio Artístico” y aún no he procedido a retirarla.

El plazo límite para proceder a la retirada de la obra almacenada en ARTE Y NATURALEZA se encontraba establecido para el día 30 de septiembre de 2019, de acuerdo con lo dispuesto en el auto del 23 de abril de 2019 emitido por el Juzgado de lo Mercantil Nº 6 de Madrid.

Es importante destacar que dicha fecha representa un plazo improrrogable y preclusivo, lo cual implica que, en caso de no haber retirado la obra dentro de dicho plazo, la misma ha sido objeto de consignación judicial. De esta manera, es relevante mencionar que el crédito que a usted se le había reconocido ha sido liberado de los contratos en los cuales había seleccionado la opción A.

AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID

AUTO Nº 302/2021 Procedimiento: Consignación judicial 274/2020

+ Opte por la Opción B o no envié la HOJA DE RESPUESTA ¿En que situación se encuentra mi crédito?

En el caso de que usted haya seleccionado la opción B o no haya emitido respuesta a la HOJA RESPUESTA, es importante mencionar que se mantiene incluido en el listado de acreedores y la obra en cuestión ha sido incluida en la masa activa de conformidad con el procedimiento establecido en el Auto del 23 de abril de 2019, emitido por el Juzgado Mercantil Nº6 de Madrid.

AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID

+ Soy acreedor de un contrato de “Venta, aseguramiento y deposito” (VDA) y no he retirado la obra.

El plazo límite para proceder a la retirada de la obra depositada en ARTE Y NATURALEZA se encontraba establecido para el día 30 de septiembre de 2019, de acuerdo con lo dispuesto en el auto del 23 de abril de 2019 emitido por el Juzgado de lo Mercantil Nº 6.

Es importante destacar que dicha fecha representa un plazo improrrogable y preclusivo, lo cual implica que, en caso de no haber retirado la obra dentro de dicho plazo, la misma ha sido objeto de consignación judicial.

AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID

AUTO Nº 302/2021 Procedimiento: Consignación judicial 274/2020

+ Retiró la obra correspondiente a sus contratos previo a la entrada en concurso voluntario de acreedores, ocurrida el 5 de diciembre de 2006, y no reintegró dicha obra al concurso.

Los acreedores con obra, bienes o lotes completos e identificables e individualizables en todos sus elementos, que no fueron restituidos a la masa tales obras, bienes y lotes, se entenderá que han optado por ver satisfecho su crédito concursal por la definitiva propiedad de los bienes de su titularidad que retienen de modo pacífico, ininterrumpido y público; quedando todos ellos y por la totalidad de su crédito excluidos de la masa pasiva; y aquellos bienes, obras y lotes de la masa activa; desconociéndose la situación, estado, uso, utilización, negocios jurídicos y conservación de los mismos.

En caso de retener solo una parte de las obras afectas al contrato o contratos, la fecha límite para retirar la obra en el almacén de ARTE Y NATURALEZA era hasta el lunes 30 de septiembre de 2019, plazo improrrogable y preclusivo.

AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID

Si usted no se hizo cargo de la obra, la misma se encuentra consignación judicialmente y el crédito reconocido liberado de los contratos.

Procedimiento: Consignación judicial 274/2020


FORMA DE CONTACTO

Dirección postal

Avda. de Moratalaz, 115 1ºB
28030 Madrid
Telf.: +34 91 594 03 00

sedecentral@arteynaturaleza.com

HORARIO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA

Lunes a Miércoles y Viernes de 9:30 a 13:30h
Los Jueves no se atenderán llamadas.

La oficina central permanecerá cerrada indefinidamente